C. El Médico especialista en Salud Pública, perfil básico actualizado.
Comprobar ante la sociedad, que el profesional posee los conocimientos científicos, técnicos y administrativos indispensables y está dotado de las capacidades y habilidades necesarias para ejercer la especialidad en Salud Pública y poder diseñar, conducir, ejecutar, supervisar, asesorar y evaluar programas y proyectos de investigación, acción y desarrollo de recursos humanos dirigidos al fomento, promoción, protección y recuperación de la salud colectiva.
Salud Pública o Colectiva: Respuesta organizada de la sociedad para prevenir o resolver los problemas de salud de sus miembros. Sanidad o Sanidat (del latín sanitas – atis) calidad de sano. Salubridad, calidad de salubre, saludable. Sano (del latín sanus) es el que goza de perfecta salud con sencillez y sinceridad, que está seguro, sin riesgo, sin daño ni corrupción, libre de error o vicio, recto, saludable, de buena intención, fuerte, robusto, entero, no roto ni estropeado. “Sano y salvo”: sin lesión, enfermedad ni peligro. Salubrioso o Salubrista (del latín salubris) más a salvo: favorable o promotor de la salud, saludable. Sanitario: (del latín sanitas) es un especialista en ciencias sanitaria y de Salud Pública. Sanitarias: medidas propias de la salud o relativas a la salud. No hay diferencia etimológica entre los términos sanitario y salubrista. Aunque no aparece registrado ni en la Enciclopedia del Idioma (Aguilar, Madrid 1958) ni en los diccionarios de la Lengua Española (Real Academia Española 1984), el término sanitarista (del latín sanitas) ha sido acuñado por la lógica en la práctica corriente como sinónimo de sanitario y salubrista. Tal como decimos Oficina Sanitaria Panamericana, para referirnos al secretariado de la Organización Panamericana de la Salud, podríamos referir indistintamente a los especialistas dedicados a las ciencias sanitarias como: abogado salubrista, enfermera sanitaria, odontólogo sanitarista, médico sanitario, ingeniero Salubrioso; siempre y cuando sepamos el origen del término que empleamos.
Capacidades:
1. Abogar por el cumplimiento de todos los ordenamientos jurídicos nacionales e internacionales vigentes que privilegian y protegen el derecho a la salud de todos los seres humanos que habitamos el planeta. La promulgación y el cumplimiento de las reformas de ley que realmente protejan, promuevan y recuperen la salud colectiva de todos los mexicanos, hasta conseguir las bases jurídicas que sustenten programas eficaces de salud pública permanente.
2. Determinar las necesidades de salud y las oportunidades para el desarrollo humano en las poblaciones, así como sus factores condicionantes, para que a partir de los servicios sanitarios y sociales, se logre el impacto positivo de salud y desarrollo en los diferentes estratos de la sociedad en su conjunto.
3. Identificar los problemas y necesidades reales y sentidas de salud de la población humana y de la población animal de importancia en la economía y en la nutrición, con el fin de instrumentar la política sanitaria congruente, que satisfaga esas necesidades como respuesta organizada de la propia sociedad civil, para cambiar comportamientos mediante la óptima movilización y utilización de sus propios recursos humanos, financieros e institucionales, en alianza con el Estado Mexicano.
4. Plantear los problemas e identificar los determinantes económicos y sociales y condicionantes de la situación de salud colectiva, con el objeto de establecer el marco de prioridades para su atención.
5. Analizar críticamente a las organizaciones y sistemas de salud, clasificando y priorizando las necesidades encontradas, proponiendo alternativas para la solución de los problemas, con utilización eficiente, eficaz y equitativa de los recursos humanos y financieros., al aparato productor del Estado Mexicano desde el punto de vista de la ética del desarrollo económico y la responsabilidad social empresarial, identificando, jerarquizando y estratificando todos aquellos productos industrializados cuya oferta, demanda y consumo por seres humanos constituyen graves riesgos a la salud colectiva.
6. Fomentar y difundir el desarrollo y utilización de factores protectores de la salud colectiva, para la prevención de daños, para la atención primaria y la promoción de la salud (individual y colectiva) y para el desarrollo humano, movilizando todos los recursos humanos, financieros e institucionales disponibles, tanto de del sector público como del privado.
7. Desarrollar sistemas y estructuras para generar conocimiento en la identificación, jerarquización y estratificación de factores de riesgo para la salud colectiva, con objeto de eliminarlos o neutralizarlos.
8. Organizar y dirigir sistemas, servicios de salud e instituciones sanitarias, evaluando la satisfacción de la demanda y la capacidad de respuesta, tanto del sector público como del privado de las necesidades de salud de la población.
9. Analizar la información registrada en los sistemas de información y vigilancia epidemiológica resultantes del diseño, programación, ejecución y evaluación de las medidas aplicadas para la prevención universal, selectiva e indicada y el manejo integrado ecológico, sistémico de endemias y epidemias.
10. Desarrollar proyectos de investigación aplicada, básica, biológica, clínica, epidemiológica, tecnológica, económica, antropológica y social, así como en el análisis de los resultados y registro de evidencias científicas, su aplicación para el diseño de políticas públicas, que a su vez traduzcan en formulación de iniciativas para promulgar leyes integrales y de regulación sanitaria, que sirvan de base para desarrollo de programas permanentes y eficaces en la práctica de la Salud Pública.
11. Participar en la organización y desarrollo de programas de formación de recursos humanos en el área de los servicios de salud, Salud Pública, de educación y de desarrollo humano.
12. Gestionar proyectos de investigación aplicada tanto en Salud Pública como en los servicios esenciales de salud y en los servicios sociales para el desarrollo humano, así como en el análisis e interpretación de los mismos y su aplicación para modificar comportamiento.
Nota: Documento no publicado. Sirvió de referencia para el artículo IX. Maestría en Salud Pública.
Salud Pública o Colectiva: Respuesta organizada de la sociedad para prevenir o resolver los problemas de salud de sus miembros. Sanidad o Sanidat (del latín sanitas – atis) calidad de sano. Salubridad, calidad de salubre, saludable. Sano (del latín sanus) es el que goza de perfecta salud con sencillez y sinceridad, que está seguro, sin riesgo, sin daño ni corrupción, libre de error o vicio, recto, saludable, de buena intención, fuerte, robusto, entero, no roto ni estropeado. “Sano y salvo”: sin lesión, enfermedad ni peligro. Salubrioso o Salubrista (del latín salubris) más a salvo: favorable o promotor de la salud, saludable. Sanitario: (del latín sanitas) es un especialista en ciencias sanitaria y de Salud Pública. Sanitarias: medidas propias de la salud o relativas a la salud. No hay diferencia etimológica entre los términos sanitario y salubrista. Aunque no aparece registrado ni en la Enciclopedia del Idioma (Aguilar, Madrid 1958) ni en los diccionarios de la Lengua Española (Real Academia Española 1984), el término sanitarista (del latín sanitas) ha sido acuñado por la lógica en la práctica corriente como sinónimo de sanitario y salubrista. Tal como decimos Oficina Sanitaria Panamericana, para referirnos al secretariado de la Organización Panamericana de la Salud, podríamos referir indistintamente a los especialistas dedicados a las ciencias sanitarias como: abogado salubrista, enfermera sanitaria, odontólogo sanitarista, médico sanitario, ingeniero Salubrioso; siempre y cuando sepamos el origen del término que empleamos.
Capacidades:
1. Abogar por el cumplimiento de todos los ordenamientos jurídicos nacionales e internacionales vigentes que privilegian y protegen el derecho a la salud de todos los seres humanos que habitamos el planeta. La promulgación y el cumplimiento de las reformas de ley que realmente protejan, promuevan y recuperen la salud colectiva de todos los mexicanos, hasta conseguir las bases jurídicas que sustenten programas eficaces de salud pública permanente.
2. Determinar las necesidades de salud y las oportunidades para el desarrollo humano en las poblaciones, así como sus factores condicionantes, para que a partir de los servicios sanitarios y sociales, se logre el impacto positivo de salud y desarrollo en los diferentes estratos de la sociedad en su conjunto.
3. Identificar los problemas y necesidades reales y sentidas de salud de la población humana y de la población animal de importancia en la economía y en la nutrición, con el fin de instrumentar la política sanitaria congruente, que satisfaga esas necesidades como respuesta organizada de la propia sociedad civil, para cambiar comportamientos mediante la óptima movilización y utilización de sus propios recursos humanos, financieros e institucionales, en alianza con el Estado Mexicano.
4. Plantear los problemas e identificar los determinantes económicos y sociales y condicionantes de la situación de salud colectiva, con el objeto de establecer el marco de prioridades para su atención.
5. Analizar críticamente a las organizaciones y sistemas de salud, clasificando y priorizando las necesidades encontradas, proponiendo alternativas para la solución de los problemas, con utilización eficiente, eficaz y equitativa de los recursos humanos y financieros., al aparato productor del Estado Mexicano desde el punto de vista de la ética del desarrollo económico y la responsabilidad social empresarial, identificando, jerarquizando y estratificando todos aquellos productos industrializados cuya oferta, demanda y consumo por seres humanos constituyen graves riesgos a la salud colectiva.
6. Fomentar y difundir el desarrollo y utilización de factores protectores de la salud colectiva, para la prevención de daños, para la atención primaria y la promoción de la salud (individual y colectiva) y para el desarrollo humano, movilizando todos los recursos humanos, financieros e institucionales disponibles, tanto de del sector público como del privado.
7. Desarrollar sistemas y estructuras para generar conocimiento en la identificación, jerarquización y estratificación de factores de riesgo para la salud colectiva, con objeto de eliminarlos o neutralizarlos.
8. Organizar y dirigir sistemas, servicios de salud e instituciones sanitarias, evaluando la satisfacción de la demanda y la capacidad de respuesta, tanto del sector público como del privado de las necesidades de salud de la población.
9. Analizar la información registrada en los sistemas de información y vigilancia epidemiológica resultantes del diseño, programación, ejecución y evaluación de las medidas aplicadas para la prevención universal, selectiva e indicada y el manejo integrado ecológico, sistémico de endemias y epidemias.
10. Desarrollar proyectos de investigación aplicada, básica, biológica, clínica, epidemiológica, tecnológica, económica, antropológica y social, así como en el análisis de los resultados y registro de evidencias científicas, su aplicación para el diseño de políticas públicas, que a su vez traduzcan en formulación de iniciativas para promulgar leyes integrales y de regulación sanitaria, que sirvan de base para desarrollo de programas permanentes y eficaces en la práctica de la Salud Pública.
11. Participar en la organización y desarrollo de programas de formación de recursos humanos en el área de los servicios de salud, Salud Pública, de educación y de desarrollo humano.
12. Gestionar proyectos de investigación aplicada tanto en Salud Pública como en los servicios esenciales de salud y en los servicios sociales para el desarrollo humano, así como en el análisis e interpretación de los mismos y su aplicación para modificar comportamiento.
Nota: Documento no publicado. Sirvió de referencia para el artículo IX. Maestría en Salud Pública.
No hay comentarios.: