Previsión de gastos funerarios y testamento

Veinte años antes de su fallecimiento, que fue en el 2001, mi padre adquirió en la Ciudad de México un servicio funerario para cuatro personas, lo que se conoce como previsión de ese tipo de gasto. Lo hizo con conocida agencia que dispone de un enorme cementerio denominado Los Cipreses, el cual se localiza en Naucalpan de Juárez, Estado de México. El contrato lo suscribió para finiquitarlo en pagos mensuales y hasta que liquidó totalmente su deuda nos reunió para informarnos de ello a toda la familia; la suerte permitió que en ese ínterin no muriera ninguna de las personas previstas por mi padre para ocupar su lugar en ese sitio, con apariencia de cementerio norteamericano.

Cuando falleció mi abuela materna, asistimos a su sepelio en el moderno panteón y en el momento en que los trabajadores descendían el ataúd para colocarlo hasta el fondo de la cripta, mi padre me comentó casi al oído ¡Hasta que se usó esta fosa! Ello ocurrió en 1997. De casi un siglo de edad, tuvo el privilegio de ser la primera en ser sepultada en ese espacio. Habían pasado más de 15 años desde el contrato celebrado por mi padre, quien nunca se imaginó que sería el segundo que lo ocuparía, cuatro años después, justo encima del primer féretro; luego siguió mi querida madre en el 2008 y el último lugar previsto no se ha ocupado hasta la fecha; debió serlo hace cinco años con el cuerpo de mi tía Isabel, hermana de mi padre, para quien estaba dispuesto, pero su destino final no fue ese, pues la decisión de su único hijo fue que sus cenizas reposaran esparcidas en el cementerio de su pueblo natal.

Creo que la decisión de mi padre influyó para que cumplidos mis 60 años de edad, aceptara, sin remilgo alguno, firmar un contrato de previsión de gastos funerarios con una agencia que se dedica a esos menesteres en nuestra ciudad. Espero no hacer uso de ese servicio en poco tiempo, pero cuando estampé mi firma de aceptación de las condiciones contractuales, pensé que con ello evitaría un gasto inusitado a mi esposa y a mis hijos, con lo que les facilitaría, llegado el momento, pasar el trago amargo de ver lesionada su economía.

Durante la juventud y muchos años después, a casi nadie interesa la adquisición de un seguro de vida que brinde protección a la familia en caso de fallecimiento o en el caso de sufrir una discapacidad física y mental; mucho menos un seguro médico o de casa habitación; afortunadamente se ha ido fomentando la cultura del seguro para el automóvil, pero aún es significativo el porcentaje de quien circula su unidad de motor sin esa protección para quien conduce, sus acompañantes y para las otras personas involucradas en un siniestro.

· En cuanto a la previsión de gastos funerarios su costo es variable, pero se adapta al nivel socioeconómico de cada cliente. Se puede adquirir en un solo pago o a crédito, en 6 a 72 mensualidades. Las agencias funerarias generalmente ofrecen los siguientes servicios: Asistencia personalizada, traslado a la funeraria, servicio de velación por 24 horas, embalsamado y arreglo estético, capilla ecuménica para servicios religiosos, cremación, ataúd o urna para depósito de cenizas, de acuerdo al cliente, nicho en mausoleo, derecho de uso a perpetuidad, ceremonia de colocación en urna, en su caso ceremonia de inhumación, traslado al cementerio en autobús de la agencia, etc.

· Por lo que corresponde al testamento, este documento está muy relacionado con al anterior asunto. Hay que evitar morir intestado, por los problemas de orden jurídico que se generan por no realizar en tiempo y forma dicho trámite; problemas que viven los familiares que son sujetos de heredar del finado. También hay que mantener actualizado el testamento. En el mes de septiembre las Notarías del país hacen un buen descuento para que podamos realizar dicho trámite.

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